ESCENARIOS #07 I 15 de abril 2024
Boletín quincenal de análisis estratégico dirigido a la sociedad civil venezolana
¿QUÉ HAY DE NUEVO?
Durante las últimas semanas las autoridades venezolanas han promovido 3 leyes que tendrían impacto directo en el proceso electoral y en una mayor reducción del espacio cívico. El 03.04.24 Nicolás Maduro promulgó la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba. En su artículo 6 establece que “Venezuela no someterá a mecanismos de resolución de controversias por parte de terceros, incluyendo arbitrajes y la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia (CIJ), los asuntos relacionados con su independencia e integridad territorial”. La normativa establece en su artículo 25 la prohibición de optar a cargos de elección popular a “las personas que, en cualquier momento antes de la elección (…), hayan adoptado conductas que directa o indirectamente favorezcan o respalden la posición de la República Cooperativa de Guyana”. El artículo 26 indica que “La impugnación de la postulación de una candidata o candidato por razones de inelegibilidad con base en el supuesto previsto en esta Ley, se interpondrá directamente ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia”. La norma generó el rechazo de la República Cooperativa de Guyana, CARICOM y la OEA. A pesar de lo expresado en la ley el 09.04.24 Venezuela consignó en la sede de la CIJ los documentos para defender su posición en la disputa.
Una segundo articulado promovido es la Ley contra el Fascismo, Neofascismo y expresiones similares, aprobada en primera discusión el 02.04.24. Con definiciones conceptuales amplias y de interpretación arbitraria, su aprobación significará el fin de la pluralidad política y la libertad de expresión. Además, sus artículos del 12 al 17 tendrían incidencia directa en el proceso electoral, permitiendo la disolución de organizaciones y la prohibición de acceso a cargos públicos para quienes “hayan adoptado conductas que directamente promuevan o hagan apología del fascismo”. Para Acceso a la Justicia no se trata de una ley represiva más, sino de un cambio en el sistema penal venezolano, transformando el sistema sancionatorio existente. La “ley contra el fascismo” generó críticas del Colegio Nacional de Periodistas, Consejo Universitario UCV, Centro para la Paz y los DDHH UCV y del académico Jesús María Casal. La tercera legislación sería la Ley de fiscalización, regularización, actuación y financiamiento de las organizaciones sociales sin fines de lucro, de la cual trascendió un informe de la Comisión de Política Interior de la Asamblea Nacional para su segunda discusión. Este documento ratifica que su objetivo sería “establecer el régimen de constitución, registro y funcionamiento de las organizaciones sociales sin fines de lucro”, que obligaría a todas las asociaciones del país a gestionar un nuevo registro para su funcionamiento.
El 09.04.24 el Ministerio Público anunció la detención de Tareck El Aissami, exministro del Petróleo y expresidente de Petróleos de Venezuela (PDVSA) y otras dos personas por su presunta vinculación con la trama de corrupción conocida como PDVSA-Cripto. Los cargos contra el ex ministro serían “presunta comisión de traición a la patria; apropiación o distracción del patrimonio público; alardeamiento o valimiento de relaciones o influencias; legitimación de capitales y asociación”. Por otra parte, el 13.04.24 Nicolás Maduro anunció que promovería una reforma constitucional para aprobar la cadena perpetua “a la corrupción, la inhabilitación de por vida, a la traición a la Patria, a los graves delitos contra el pueblo”. Estas actuaciones parecen sugerir que el tema de la corrupción será un elemento central de la narrativa oficial en la campaña electoral.
¿CÓMO PUEDE AFECTAR EL PROCESO ELECTORAL EN VENEZUELA Y LOS MECANISMOS DE NEGOCIACIÓN Y ACUERDOS?
Durante la semana del 8 al 12 de abril visitó Venezuela una Misión Exploratoria de la Unión Europea para reunirse con las autoridades nacionales y electorales, así como diferentes sectores de la sociedad, para evaluar la posibilidad de realizar observación electoral, según lo establecido en el Acuerdo de Barbados. El 05.04.24 el Consejo Nacional Electoral (CNE) informó que se invitaría “a 67 organismos electorales de todo el mundo, así como a diferentes personalidades (políticos, intelectuales, técnicos, y académicos), y las listas de acompañantes que emanen de las organizaciones con fines políticas”. Agregó que para el mes de abril se esperaban las visitas del Centro Carter y del Panel de Expertos de Naciones Unidas para coordinar “detalles logísticos de su despliegue y acompañamiento al proceso electoral”. El 11.04.24 el CNE suscribió un “acuerdo de observación” con el Consejo de Expertos Electorales de Latinoamérica (Ceela) y el Observatorio de Pensamiento Estratégico para la Integración Regional (Opeir). Nicolás Moscoso, del Ceela, declaró que “el observador no viene a dictaminar si la elección está bien o mal, sino a colaborar con los organismos electorales para que el sistema electoral continúe mejorando”, agregando que “los resultados de ese trabajo serán conocidos exclusivamente por el CNE”. Carlos López, presidente de Opeir, declaró que “el de Venezuela es uno de los sistemas electorales más firmes y transparentes a nivel global”. Por la información trascendida tanto Ceela como Opeir realizarían labores de “acompañamiento” y no de “observación”. Finalmente, el 08.04.24 se divulgó la invitación a la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), y en especial a Colombia, para que sean observadores en las elecciones. Diferentes analistas recordaron que Colombia no contaba con tradición ni reputación en observación electoral: “Este es un proceso que requiere la creación de equipos de seguimiento que se instalen en el país meses antes del día de la votación, que lleven a cabo verificaciones a los procesos que la comunidad internacional define como los de una elección libre y justa”.
El próximo 18 de abril de 2024 vence la licencia, emitida por el Departamento de Estado EEUU, que permitió levantar temporalmente las sanciones que pesaban sobre la industria petrolera y de gas en Venezuela. La renovación o revocación de esta licencia dependía de los niveles de cumplimiento del Acuerdo de Barbados. En el año 2021 WOLA y el Instituto de Paz de los Estados Unidos emitieron un reporte en el que sugerían: “Estados Unidos debería abandonar el enfoque de presión “todo o nada” y dejar claro que los avances en los acuerdos acordados pueden conducir a un alivio gradual de las sanciones sectoriales, que pueden retirarse en caso de incumplimiento”.
¿QUÉ PUEDE HACER LA SOCIEDAD CIVIL PARA MITIGAR LOS IMPACTOS NEGATIVOS?
– Las organizaciones de sociedad civil deben elevar el costo social y político, nacional e internacional, de la deriva totalitaria en la aprobación del trío de leyes que reducirán el espacio cívico y amenazan el clima de concordia necesario para el proceso electoral.
– El derecho a la libertad de asociación y reunión en Venezuela debe prepararse para seguir funcionando en situaciones de mayor restricción y de aumento del hostigamiento y amenazas, a medida que se acerque la fecha de las elecciones.
– El posicionamiento de la corrupción en el debate público es una oportunidad para divulgar las razones estructurales que lo hacen posible, incluyendo el debilitamiento de la separación de poderes, la ausencia de mecanismos de rendición de cuentas y las omisiones del llamado poder moral en el país.
– Se debe realizar una labor pedagógica para explicar a la ciudadanía los componentes técnicos y los estándares de una Misión de Observación Electoral, diferenciándola del llamado “acompañamiento” electoral.
